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Santo Domingo
viernes 24, abril, 2026

Suprema Corte anula destitución del juez Consoro, quien dio no ha lugar a imputados en caso Los Tres Brazos

Santo Domingo.– La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) anuló la sentencia número 0030-1642-2024-SSEN-00076, dictada el 26 de febrero de 2024 por la Cuarta Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA), que había dispuesto la destitución del juez Juan Francisco Rodríguez Consoro, entonces magistrado del Noveno Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, adscrito a la Oficina de Atención Permanente.

La decisión, contenida en la sentencia SCJ-TS-25-1780 de fecha 30 de junio de 2025, responde al recurso de casación interpuesto por los abogados Eduardo Jorge Prats, Luis Sousa Duvergé y Roberto Medina Reyes, representantes del magistrado.

El origen del proceso disciplinario


Rodríguez Consoro fue sometido a investigación disciplinaria tras dictar un auto de no ha lugar como juez suplente del Sexto Juzgado de Instrucción, favoreciendo a los imputados en el caso Los Tres Brazos.

El Ministerio Público apeló la decisión y la Primera Sala de la Corte de Apelación del Distrito Nacional revocó parcialmente el fallo, manteniendo el no ha lugar para cinco imputados, entre ellos Rosabel Castillo Rolffot y la empresa Titulatec SRL, pero revocándolo respecto a otros encartados.

Posteriormente, el Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional declaró la extinción del proceso por vencimiento del plazo máximo de duración en favor de los demás acusados. Actualmente el caso sigue pendiente en la Suprema Corte de Justicia.

Los fundamentos de la Suprema


La SCJ determinó que el TSA incurrió en vicio sustancial de motivación, al no pronunciarse sobre alegatos centrales de la defensa de Consoro.

Entre los puntos ignorados se encontraban denuncias de:

  • Violación al derecho de defensa en la suspensión provisional.
  • Notificación tardía e irregular del inicio de la investigación disciplinaria.
  • Presunta vulneración a la presunción de inocencia por filtración de información a la prensa.
  • Falta de integración de su expediente personal al proceso.
  • Supuesta desnaturalización de hechos relacionados con un contacto telefónico con un fiscal.

La Suprema concluyó que estas omisiones constituyeron una violación al debido proceso constitucional administrativo, por lo que procedía la casación. El caso fue remitido a la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo, para un nuevo examen.

Antecedentes y acusaciones


El juez Consoro había denunciado públicamente una “campaña de descrédito” en su contra por parte de miembros del Ministerio Público, señalando también al presidente de la Suprema Corte, Luis Henry Molina, y al Consejo del Poder Judicial de violentar sus derechos. Alegó que todo respondía a presiones políticas y mediáticas.

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