En el aspecto civil, Ramón Báez Figueroa, expresidente de Baninter, fue condenado al pago de RD$50,082,450.10 a favor la Superintendencia de Bancos, RD$18,743,000,000.00; a favor del Banco Intercontinental, S. A. (Baninter), y 44,552,706,192.00 a favor del Banco Central de la República Dominicana, por concepto de la reparación por los daños y perjuicios ocasionados a estas entidades, como consecuencia de los graves delitos por los cuales fue condenado.
Estas condenas totalizan unos RD$63,345 millones, los cuales aún están pendiente de pago por parte de Báez Figueroa.
También fue condenado a 10 años de reclusión mayor y una multa de 100 salarios mínimos a favor del Estado dominicano, al ser declarado culpable de alteración, desfiguración y ocultación de datos o antecedentes, libros, estados de cuentas con el fin de obstaculizar, dificultar, desviar o evadir la fiscalización que correspondía efectuar a la Superintendencia de Bancos, así como la elaboración, aprobación o presentación de un balance o estado financiero adulterado o falso, y la ejecución y aprobación de operaciones para encubrir la situación de Baninter, tales como el registro como activos reales de elevados montos de valores inexistentes y millonarios sobregiros a vinculados, afectando los niveles de recuperaciones del citado banco para cubrir las obligaciones del hoyo financiero que ocasionó su quiebra; abuso de confianza y lavado de activos.
Los detalles de estas y otras informaciones fueron informadas con el debido sustento a Ramón Báez Figueroa, a raíz de los cuestionamientos de este al proceso de liquidación de la entidad que quebró.
Cumpliendo cabalmente con el mandato de la Constitución y de la Ley Monetaria y Financiera, núm. 183-02, la Junta Monetaria se vio precisada a nombrar una Comisión de Liquidación Administrativa, para que administrara y realizara los activos de dicha entidad bancaria, la cual fue designada mediante la Segunda Resolución del 12 de agosto de 2003.
