La Junta Central Electoral (JCE) reiteró la prohibición de los afiches en paredes y postes eléctricos, tanto los pintados como los pegados, así como las vallas, cruza calles, murales, y el uso de disco light, hasta que se aperture formalmente el periodo de campaña.
Asimismo reiteró que está prohibido y será sancionados con entre uno y 200 salarios mínimos las organizaciones y/o candidatos o sus representantes que realicen manifestaciones, mítines y reuniones públicas antes del inicio formal de la campaña electoral por la Junta Central Electoral y después del cierre de esta.
El órgano detalló que está prohibido: “La pintura de las calles, aceras, contenes, postes del tendido eléctrico, árboles, así como de cualquier propiedad pública, con los colores, emblemas o símbolos del candidato o el partido, agrupación o movimiento político que lo sustenta”.
También “Los afiches, vallas, cruza calles, calcomanías, adhesivos, distintivos, murales, altoparlante (disco light) y cualquier otro medio de publicidad partidaria, que no se coloque acorde con lo establecido en la presente ley o que no se coloque en los locales de los partidos, agrupaciones o movimientos políticos”.
Además el uso de pintura o afiches no removibles, a menos que se coloquen en los locales y propiedades de los partidos, movimientos y agrupaciones políticas.
Igualmente: “La propaganda que perjudique la estética urbana, dañe el medio ambiente y los recursos naturales, o contravenga las disposiciones sobre ornato municipal” y “Hacer referencia o uso de la imagen de la o el precandidato en nombre de entidades públicas o privadas a las que pertenece o represente”.




