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viernes 29, marzo, 2024

Gobierno explica alcances de las medidas del toque de queda

Santo Domingo.- La directora de Comunicación de la Presidencia, Milagros Germán, explicó los alcances de las medidas del toque de queda dispuesto por el presidente Luis Abinader mediante el decreto 698-20 para reforzar la prevención del covid-19 durante las festividades navideñas. 

En rueda de prensa en el Salón Verde del Palacio Nacional, junto al consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta Romero, Germán se refirió a la modalidad de horarios del toque de queda y a los límites de reuniones en espacios públicos y privados, tras las inquietudes exteriorizadas por algunos sectores de la sociedad.
 
Explicó que en el país hay dos horarios diferentes para el toque de queda, dependiendo de la localidad: en el Distrito Nacional y las provincias Santo Domingo, Santiago, Duarte, La Vega y Puerto Plata se aplica todos los días de 7:00 de la noche a 5:00 de la madrugada, mientras que en el resto del país permanece de 9:00 de la noche a 5:00 de la mañana y los sábados, domingos y días feriados de 7:00 de la noche a 5:00 de la mañana.

Por otro lado, expresó que en estos horarios indicados se incluye el cierre de los espacios públicos, con la única excepción de que en aquellos lugares en los que el toque de queda comienza a las 7:00 pP.M. se ha otorgado una gracia de dos horas, es decir, hasta las 9:00, con el propósito exclusivo de que las personas puedan trasladarse tranquilamente hacia sus hogares.
 
Respecto a la reunión de personas, se mantiene prohibido que en espacios públicos y espacios privados de uso público, se aglomeren más de 10 personas. Esto quiere decir que en dichos espacios pueden coincidir más de 10 personas a la vez, pero estas no podrán juntarse en grupos mayores a dicha cantidad.

Igualmente, la restricción se aplica para establecimientos como restaurantes y bares, en donde las mesas no podrán estar ocupadas por más de 10 personas y siempre respetándose los protocolos sanitarios del sector. Por ejemplo, no sobrepasar el 70% de la capacidad total del local.

“Finalmente, deseamos resaltar que se mantienen vigentes, tal cual, todas las excepciones de tránsito durante el horario del toque de queda que teníamos con anterioridad como la relativa a médicos y enfermeros y demás personal sanitario, la relativa a pasajeros internacionales que se dirigen o regresan del aeropuerto o la relativa a operadores de vehículos dedicados a la distribución de alimentos, insumos, combustibles y otros productos esenciales, entre otros casos que pueden verse detallados en el artículo 4 del decreto núm. 698-20″, manifestó la funcionaria.

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