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sábado 6, diciembre, 2025

Fuerza del Pueblo rechaza advertencia de la JCE y asegura que seguirá acompañando protestas ciudadanas

Santo Domingo.- La Fuerza del Pueblo (FP) aseguró que continuará acompañando a la ciudadanía en sus manifestaciones y solicitó al Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) revisar la advertencia emitida tras la protesta social realizada el pasado domingo.

La reacción del partido surge luego de que la JCE intimara a la organización política al considerar que durante la actividad denominada “Marcha del Pueblo” se emplearon elementos que podrían interpretarse como propaganda electoral anticipada. FP, liderada por el expresidente Leonel Fernández, afirmó que mantendrá sus actividades y movilizaciones sociales, tal como ocurrió el fin de semana anterior.

El partido informó que presentó ante la JCE un Acto de Respuesta al “Acto de Intimación y Advertencia” número 1056/2025, mediante el cual el órgano electoral advirtió que la manifestación del 30 de noviembre “podría” confundirse con propaganda electoral antes del inicio formal de la campaña, lo que eventualmente podría acarrear sanciones administrativas.

En su respuesta, FP recordó que la Constitución reconoce en los artículos 47, 48 y 49 los derechos de asociación, reunión pacífica y libertad de expresión. Destacó que estos permiten a cualquier persona organizarse, manifestarse y expresar ideas sin permiso previo ni censura.

Asimismo, citó el artículo 216 de la Constitución, que establece que los partidos políticos tienen la función esencial de servir al interés nacional y canalizar las demandas sociales. En ese sentido, FP subrayó que acompañar a la ciudadanía en sus reclamos es parte de su rol constitucional.

La organización opositora insistió en que los derechos fundamentales solo pueden limitarse mediante leyes orgánicas, de acuerdo con los artículos 74 y 112, por lo que ninguna unidad administrativa de la JCE puede restringir el ejercicio de la protesta social a través de un acto de alguacil.

El documento también hace referencia a jurisprudencias del Tribunal Constitucional, incluyendo las sentencias TC/0168/15 y TC/0092/19, que reconocen el derecho de los partidos a manifestarse públicamente y a participar en el debate social en igualdad de condiciones que cualquier ciudadano.

Asimismo, FP resaltó que la Ley 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, diferencia entre actos de campaña dirigidos a captar votos y actividades de carácter social o ciudadano. Afirmó que durante la Marcha del Pueblo no se promovieron candidaturas, no se solicitó el voto ni se exhibieron mensajes proselitistas, sino que se expresaron reclamos sociales relacionados con el costo de la vida, la salud, la educación, la inseguridad, los apagones y los servicios públicos.

El partido aclaró que la presencia de colores, símbolos o consignas partidarias en una protesta social no constituye, por sí misma, propaganda electoral anticipada, ya que la ley exige que exista un mensaje orientado a promover candidaturas para que se configure una violación.

FP criticó que la advertencia de la JCE se base en elementos que “podrían configurar” actos político-partidarios, señalando que sancionar sobre hipótesis y no sobre hechos comprobables vulnera los principios del debido proceso, establecidos en los artículos 68 y 69 de la Constitución.

Recordó también que la Marcha del Pueblo fue anunciada públicamente con antelación y que la JCE no emitió observaciones previas, por lo que considera que la intimación posterior crea un precedente riesgoso para la protesta ciudadana.

En su escrito, FP pidió al Pleno de la JCE reconsiderar y rectificar la interpretación que equipara el uso de símbolos partidarios en una manifestación social con propaganda electoral anticipada. Argumentó que mantener ese criterio limitaría las facultades constitucionales de los partidos y restringiría derechos ciudadanos fundamentales.

Finalmente, la organización reafirmó su respeto a la institucionalidad electoral, su compromiso con la defensa de los derechos fundamentales y destacó que la Marcha del Pueblo del 30 de noviembre fue una acción cívica y pacífica, acorde con la Constitución y las leyes dominicanas

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