SANTO DOMINGO, RD. – La Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía suspendió por un período de 30 días al locutor Alberto Vargas, por utilizar expresiones que violentan el Reglamento 824 que rige dicha entidad.
En la resolución 001-2021, se explica que el locutor, durante su participación en el programa “El Ritmo de la Mañana” que se transmite por la emisora Ritmo 96 de 7:00 a 10:00 de la mañana de lunes a viernes, usó «expresiones forma humillante, grotesca y atropellante».
«La Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía está facultada para dictar cuantas medidas de orden y organización sean necesarias para la vigilancia», ha decidido tomar medidas contra el locutor”, indica la resolución firmada por el presidente del organismo, José Báez, el vicepresidente, Germán Martínez, y el miembro de la institución, Carlos Ortiz.
«Se procede a inhabilitar de sus presentaciones en radio y televisión por un período de 30 días, a partir de la notificación de la presente resolución al locutor / comunicador Alberto Vargas por haber hecho uso desaprensivo, irresponsable, soez e impropio, siendo la radio, un medio de marcado interés general y que tiene influencia determinante en la conformación de la opinión pública, la edificación de las personas y una incidencia importante en la conducta ciudadana».
«Se les hace formal y expresa advertencia legal a los propietarios, directores, conductores, encargados o afines, de los diferentes canales y programas televisivos y radiales procedan a cumplir la resolución», advierte el documento.





