Santo Domingo. -Gran revuelo ha causado en los diferentes colectivos y sectores sociales, la modificación al artículo 186 del nuevo Código Penal que tipifica el delito de “discriminación”, debido a que elimina la orientación sexual y el género como dos supuestos para el delito y los sustituye por “otros motivos”, situación que muchos ciudadanos dominicanos dicen no apoyar.
De acuerdo a una encuesta realizada por Noticias RNN, la mayoría de nuestros seguidores están en desacuerdo de que el Código Penal no castigue la discriminación por preferencia u orientación sexual.
Respondiendo a la pregunta: ¿Apoya usted que el Código Penal no castigue la discriminación por preferencia u orientación sexual?, colocada en la cuenta de Youtube de este medio, el 60% de los votantes respondieron no, mientras que el resto, solo un 40%, indicaron que sí, entendiendo que es parte de una ideología particular.
Algunos de los usuarios de redes sociales, dijeron que ninguna discriminación es válida y alegan que si se aprueba ese artículo también las mujeres van a sufrir del mismo problema.

En el nuevo código el artículo “castiga actos como negarse a suministrar a una persona un bien o servicio, obstaculizarle una actividad económica o negarse a contratarle debido a su origen, edad, sexo, raza, condición económica o religión, entre otros motivos”.
En el texto original del Código Penal también se incluía en esa lista de supuestos la orientación sexual o el género, pero fueron excluidos en la modificación aprobada este miércoles en la Cámara de Diputados.
La preferencia u orientación sexual de la víctima también se dejaron de considerar como agravantes en el caso de homicidio o de torturas y actos de barbarie. Dichas modificaciones fueron realizadas al artículo 97, que define el homicidio agravado, y en el 118, que tipifica las torturas.