El diputado del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Gregorio Domínguez, fue absuelto de las acusaciones del Ministerio Público (MP) de desalojo ilegal y de la destrucción de una propiedad privada en la comunidad Punta Rucia, en Puerto Plata.
La decisión fue tomada por los jueces Francisco Antonio Jerez Mena y Fran Soto Sánchez de la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, de forma mayoritaria, mientras que la jueza María Gil Garabito realizó un voto disidente.
Los magistrados indicaron que no hubo pruebas de que el legislador por la provincia de Santiago haya realizado algunos de los hechos de los que le acusa el órgano acusador.
Según la sentencia, las declaraciones de los testigos presentados por la parte acusadora son contradictorias.
Los fiscales del MP insistieron en que el legislador violó los artículos 24 y 25 de la ley 396-19, que regula el otorgamiento de la fuerza pública.
Igualmente, sostuvieron que el diputado quebrantó el artículo 1 de la Ley 5869 sobre violación de propiedad, así como los artículos 1 y 2 de la Ley 5997 sobre destrucción a la propiedad ajena en perjuicio de la señora querellante Lucía Nelly Capellán Luna, quien fue representada por el abogado César Amadeo Peralta.
Asimismo, solicitaron a los jueces declarar culpable al legislador y que en consecuencia fuera sentenciado a cinco años de prisión para ser cumplida en la cárcel Modelo de Rafey-Hombres, de Santiago.




