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viernes 17, abril, 2026

Abogados coinciden en que sobrenombres en juicios afectan el principio de inocencia

Santo Domingo.- Abogados penalistas consideran que el Ministerio Público debe acatar el fallo del Tribunal Constitucional (TC) que le ordena abstenerse de divulgar sobrenombres en las investigaciones penales, al entender que esta práctica vulnera la dignidad y el principio de presunción de inocencia de los imputados.

El pronunciamiento de la corte se produjo a raíz de un recurso sometido por Jean Alain Rodríguez, quien pidió que su proceso dejara de ser denominado públicamente como “Operación Medusa”, alegando que eso afecta su imagen y derechos fundamentales.

El TC estableció que si bien el Ministerio Público puede usar claves internas para identificar casos, su difusión mediática puede resultar lesiva al trato justo que debe recibir cualquier persona señalada en una investigación.

Para el abogado Miguel Ángel Brito, utilizar estos nombres «está adelantando una condenación a alguien que puede ser inocente«, lo que a su juicio contradice garantías básicas del debido proceso y el derecho a la defensa.

Desde 2020 a la fecha, más de 30 operaciones ejecutadas por la Procuraduría General de la República han recibido nombres llamativos como Antipulpo, Coral, Medusa, Calamar, Iguana, Barril y Pantera, entre otros, los cuales han tenido amplio eco en medios y redes sociales.

El jurista Marino Feliz coincide en que estas denominaciones crean un prejuicio anticipado. «Se vulnera la dignidad de los imputados, el derecho de al principio de presunción de inocencia», afirmó.

Recomendamos leer: Medusa, Coral, Antipulpo… el rosario de nombres “creativos” del Ministerio Público

No obstante, hay posturas divergentes. El exfiscal del Distrito Nacional, Gregory Castellano Ruano, entiende que los nombres no tienen ningún efecto legal ni afectan el proceso. «En vez de ocuparse de asuntos de mayor relevancia jurídica, están perdiendo el tiempo«, dijo, en alusión al Tribunal Constitucional.

La decisión del TC establece que su orden es de aplicación general y futura, lo que implica que todos los procesos abiertos en lo adelante deberán abstenerse de utilizar sobrenombres públicos que puedan estigmatizar a los involucrados.

Aunque los expedientes judiciales deben avanzar en los tribunales con pruebas y argumentos, para muchos juristas, la narrativa pública influye, y con nombres como “Medusa” o “Calamar”, el Ministerio Público habría contribuido a crear un ambiente de condena social previa, lo que contradice el espíritu de imparcialidad que debe regir todo proceso penal.

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