uSANTO DOMINGO.- Fue anulada por el Tribunal Constitucional la resolución 14-2022 del Ministerio de Trabajo “sobre adopción y armonización de medidas atinentes al mejoramiento del cumplimiento del Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)”, para regular el oficio de las trabajadoras domésticas.

La medida fue emitida por el tribunal luego de acoger una acción de inconstitucionalidad interpuesta por el abogado Luis Vilchez Bournigar en contra de la resolución emitida el pasado 25 de agosto del 2022.

En dispositivo segundo de la sentencia se dictamina “acoger la acción de inconstitucionalidad anteriormente descrita y, en consecuencia, declarar, no conforme con la Constitución, la Resolución núm. 14-2022, sobre adopción y armonización de medidas atinentes al mejoramiento del cumplimiento del Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), emitida por el Ministerio de Trabajo del veinticinco (25) de agosto de dos mil veintidós (2022), por los motivos expuestos”.

De acuerdo con la resolución el empleador y trabajadora determinarán las horas en las que las trabajadoras domésticas presentarán sus servicios, quedando estipulado de manera clara en el contrato de trabajo, incluido los descansos dentro de la jornada que preste el trabajador en un mismo día.

Además de que los trabajadores y trabajadoras deberán tener un descanso de 36 horas a la semana, de acuerdo con los términos del contrato.

De igual forma, indica que el salario de los trabajadores domésticos sea preferiblemente pagado en efectivo, en la fecha acordada por las partes, en periodos que nunca serán mayor a un mes de labores.

El pago podrá efectuarse a través de cualquier medio legal, siempre y cuando sea con el consentimiento del trabajador.

Además, que el trabajador y trabajadora doméstica gozará el derecho a un salario de Navidad, a más tardar el 20 de diciembre de cada año.

Comentarios de Facebook