FaHasta los muertos
Hasta los muertos "firmaron" poder de venta de terrenos en caso Calamar, dice el MP

Santo Domingo.- Según establece el Ministerio Público en el expediente de operación Calamar en este fueron identificadas varias de las personas otorgando poder o haciéndose representar por otros de los familiares, fallecieron mucho antes de la supuesta firma de estos poderes de representación.

Como es el caso de la pareja de esposos Jorge Mota quien falleció el 11 de mayo del año 1940, y la señora Mercedes Telemín, quien falleció en fecha 9 de abril del año 1939.

Otro caso de Cristino Mota Mercedes, fallecido en fecha dieciocho (18) de abril del año 2015, y Mercedes Mota Viuda Martínez, fallecida en fecha veintiséis (26) de agosto del año 2015 quienes figuran firmantes en un acuerdo amigable para cesión de crédito realizado meses después: dos (02) de noviembre del año 2015

Un tercer caso que figura en el expediente en el que difuntos aparecen «vivoas» firmando documentos relacionados a Operación Calamar es el de la señora Violeta Jiménez Mota, quien es una de las sucesoras y de acuerdo al acta de defunción núm. 10-09001231-1, falleció en fecha veintinueve (29) de abril del año 2014.

No obstante, su supuesta firma figura en un poder de representación que tiene a Ramón Jiménez Mota como apoderado, de fecha dos (02) de marzo del año 2020, según consta como fundamento de las cesiones de crédito, todas de fecha seis (06) de marzo del año 2020, a favor de: Alejandro Constanzo, Ángel Lockward & Asociados, S.R.L., Pedro Ma. de la Altagracia Veras y Rediux Consulting, S.R.L.

Según el MP el pago del dinero se iba realizar mediante un “acuerdo amigable” en el que Ángel Lockard, Alejandro Antonio Constanzo Sosa y Juan Tomas Polanco Céspedes, acordaron pagar 50% para la compañía Rediux Consulting S.R.L., 10% para Ángel Gilberto Lockward Mella, y el 40% restante para los sucesores de Jorge Mota, que incluye un porciento a los abogados Juan Tomas Polanco Céspedes, Félix Benjamín y el agrimensor Rafael Antonio del Rosario Castro.

Es a raíz de esto que, utilizando maniobras fraudulentas, luego de realizada la determinación de herederos antes señalada, sin haber notificado, comunicado ni requerido a todos los herederos de Jorge Mota, y amparados en la declaratoria de utilidad pública, Rómulo Mota.

 Herederos no tomados en cuenta

Otra irregularidad identificada por el Ministerio Público en el caso Operación Calamar es que en el marco de las cesiones de créditos hubo casos donde los acuerdos no incluyeron a todos los herederos.

Relata que, por ejemplo, en el caso antes citado, el acuerdo transaccional se realizó con solo una parte de los herederos de Jorge Mota, y sobre una parte del terreno.

«Existen herederos del finado Jorge Mota que no fueron beneficiados con el pago por no tener cédula y por estar pendiente la determinación de herederos de una parte de la familia. Lo que se reduce a violaciones de derechos constitucionales de propiedad y maniobras fraudulentas», explica.

Agrega que esta afirmación se confirma con el propio acuerdo transaccional, en la página 5, párrafo dos, donde los herederos se comprometen civil y penalmente ante cualquier litis que surja sobre el derecho de propiedad de los propietarios que no forman parte del acuerdo.

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